Simultaneidad de estudios
Las solicitudes de acceso en régimen de simultaneidad con otros estudios universitarios oficiales, serán consideradas al final del proceso general de preinscripción, en el supuesto de que exista plaza vacante en, al menos, una de las titulaciones y centros de que se traten, una vez atendidas la totalidad de las respectivas solicitudes de quienes no desean simultanear los estudios que ahora demandan con otros estudios universitarios. Cuando se trate de alumnos que cursan ya uno de esos estudios universitarios no deberá existir lista de espera en la presente convocatoria en dichos estudios o en los nuevos que ahora solicita.
A estos efectos, no se considerará simultaneidad de estudios cuando el estudiante está a expensas únicamente de acreditar un nivel de idioma B1 en una lengua extranjera teniendo superado todos los créditos del correspondiente plan de estudios.
Lo establecido en el párrafo anterior no será de aplicación a quienes accedan a titulaciones ofertadas bajo un mismo código. No podrán acceder a estas últimas quienes estén en posesión, o hayan superado todos los créditos necesarios para la obtención de uno de los títulos que conforman dicha oferta.
Asimismo podrán iniciar simultáneamente dos estudios de grado quienes, además de alcanzar la nota de admisión correspondiente a cada uno de los estudios, acrediten la condición de Estudiante de Altas Capacidades Intelectuales por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía. En el supuesto de que en ambos estudios existan lista de espera, el alumno no descontará plaza en aquella con mayor número de solicitantes en la respectiva lista de espera.