Procedimiento
Introducción
Quienes hayan superado los procedimientos de acceso correspondientes y deseen comenzar sus estudios universitarios deberán participar en el proceso de admisión (preinscripción) que regula el ingreso en los distintos Centros Universitarios, cuyo procedimiento y plazos serán establecidos anualmente por la Comisión de Distrito Único Universitario de Andalucía.
Se debe entender por acceso, reunir los requisitos que permiten ingresar en la Universidad, mientras que se entiende por admisión, conseguir plaza en los estudios y Centro deseados. Por tanto, los estudiantes pueden tener acceso a la Universidad, pero no la admisión en los estudios de su elección por no obtener plaza en el proceso de preinscripción.
La nota de corte es la calificación del último estudiante admitido en el proceso de preinscripción de cada curso por cada cupo de acceso establecido. Es un dato que sirve de orientación para los sucesivos procesos. No existe una note de corte preestablecida.
Cumplimentar la solicitud
A efectos de ingreso, las Universidades públicas de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Málaga, Pablo de Olavide, Sevilla), tienen consideración de una única universidad, constituyendo un DÍSTRITO ÚNICO el cual ha establecido un ÚNICO PROCEDIMIENTO GENERAL DE ADMISIÓN
Los estudiantes deben realizar UNA SOLA SOLICITUD obligatoriamente Vía Internet, en la cual deberá consignar todas aquellas titulaciones y centros de Andalucía en los que desee cursar sus estudios con independencia de la universidad o provincia en la que obtuvieron los requisitos de acceso. Es importante resaltar que el orden de las titulaciones y centros formulados es vinculante durante todo el proceso de preinscripción. No obstante, una vez publicada cada lista de adjudicación, se podrá insertar, reordenar el orden de preferencia o desistir de alguna o algunas de sus peticiones siempre que ello no implique la inclusión en la lista de espera de una titulación en la que la persona solicitante no figuraba en esa adjudicación.
Es recomendable solicitar más de una titulación y centro por si no resulta admitido/a en su primera preferencia.
Una vez cumplimentada, revise los datos, grabe la solicitud y espere a que el sistema informático le facilite una COPIA DE LA SOLICITUD en la que figurarán todos los datos introducidos por Ud. Es conveniente guardar esta copia ya que le servirá como justificante ante cualquier problema. El sistema informático le indicará según su situación personal y académica, si es necesario que aporte documentación. Le pedirá una CONTRASEÑA que le servirá para entrar en su solicitud y poder realizar las consultas y trámites de preinscripción que necesite así como para realizar su matrícula.
Durante el plazo de presentación de solicitudes se podrá hacer desistimiento de una solicitud ya presentada y presentar una nueva, también a través de Internet.
Actos de asignación de plazas
Cada una de las fases del procedimiento de admisión se articula mediante una secuencia de actos administrativos de asignación de plazas, que podrán adoptar alguna de las siguientes modalidades:
a) Adjudicación: acto administrativo de asignación de plazas universitarias, en el que la persona adjudicataria podrá optar por formalizar la matrícula o, en los términos previstos en este procedimiento, reservar la plaza asignada para continuar participando en el procedimiento.
b) Resulta: acto administrativo de asignación de las plazas vacantes una vez concluidas las adjudicaciones de la fase correspondiente, en el que la formalización de la matrícula en la plaza asignada tendrá carácter obligatorio, sin posibilidad de reserva. La matrícula en la plaza asignada, así como la confirmación de lista de espera será obligatoria si se quiere continuar en el proceso de adjudicación de plazas en listas de resultas. Si no se realiza la matrícula y/o confirmación de lista de espera el solicitante decaerá en todos los derechos en el proceso de admisión.
No se perderá la plaza en la que se pudiese estar matriculado con anterioridad por resultar asignado en una nueva plaza en la resulta.
Con independencia del tipo de acto administrativo de asignación, se generará una lista de espera, que tendrá carácter instrumental y determinará el orden riguroso de prelación para la adjudicación de las plazas vacantes en el siguiente acto de asignación de plazas.
Asimismo, para cada uno de los estudios y centros ofertados se generarán las relaciones de personas admitidas (listas de adjudicación o de resultas según proceda) y de personas excluidas (lista de excluidos), que tendrán la consideración de resolución del Rector o Rectora de la universidad correspondiente, agotando la vía administrativa.
| Toda matrícula se entenderá provisional hasta la comprobación fehaciente de la documentación que originó la admisión en la universidad, titulación y centro de que se trate. |
¿Qué hacer en cada caso según la preferencia admitida?
| En cualquiera de las situaciones anteriores se indicará expresamente cuándo se está en la obligación de realizar la matrícula o reserva de plaza. |